Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Registro Voluntario de Licitadores

Nota importante

Se pone en conocimiento de todos los interesados que, tal como se establece en la Orden Ministerial EHA/1490/2010 de 28 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, publicada en el BOE de 10 de junio de 2010, este Registro, cuya gestión corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda, está ya en funcionamiento desde el pasado 14 de junio. Además, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria única de la mencionada Orden, se ha de proceder a la remisión al nuevo Registro de los asientos contenidos en el Registro Voluntario de Licitadores del Ministerio de Fomento, que al mismo tiempo dejará de funcionar.

Por ello, desde el día 18 de octubre y en adelante, una vez hecho el traspaso de datos entre Ministerios, el Registro Voluntario de Licitadores del Ministerio de Fomento queda inoperativo, por lo que todas las solicitudes de inscripción, renovación o modificación de datos se deben realizar en el nuevo Registro Oficial.

Toda la información sobre trámites disponibles al respecto se puede encontrar en la web de dicho Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o bien a través del teléfono 91.443.09.95 o de la dirección de correo electrónico rolece@meh.es.

Presentación

Por la Orden Ministerial FOM/1787/2002, de 2 de julio, se crea el Registro Voluntario de Licitadores en el Ministerio de Fomento con objeto de facilitar a los contratistas, en sus relaciones con este Ministerio, la simplificación de la documentación a aportar en cada licitación para la acreditación de su personalidad jurídica y su capacidad de obrar, y agilizar la labor administrativa interna de las Mesas de Contratación.

La inscripción en el Registro Voluntario de Licitadores será valida para las licitaciones referidas a los contratos de obras, de suministros, de consultoría y asistencia, y de servicios, que celebren el Ministerio de Fomento y los Organismos Autónomos, Entidades Públicas Empresariales y Entes Públicos adscritos o dependientes del mismo.

El citado Registro, vigente desde el 14 de octubre de 2002, está a cargo de la Inspección General, que desarrolla a los efectos citados las siguientes actividades:

  • La inscripción en el Registro Voluntario de Licitadores de aquellas personas jurídicas que lo soliciten y en las que concurran las circunstancias establecidas en la citada Orden Ministerial.
  • La guarda o custodia de la documentación entregada por los licitadores que sean inscritos en el Registro.
  • La actualización de los datos registrables a instancia de los licitadores inscritos.
  • La expedición de las oportunas certificaciones registrables sobre los datos y documentos contenidos en el Registro, a solicitud de los licitadores, para su participación en los procedimientos de contratación que se promuevan por los órganos competentes del Ministerio de Fomento, o de los Organismos Autónomos, Entidades Públicas Empresariales y Entes Públicos adscritos o dependientes del mismo.