Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Autorización Federativa

Atribuciones del título

  • Embarcaciones de recreo hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor de 40 KW, en navegaciones con luz diurna en áreas, delimitadas por la Capitanía Marítima.

Condiciones de obtención

Con la entrada en vigor del Real Decreto 875/2014, la autorización federativa deja de expedirse. Aquellas personas que estén en posesión de una de ellas, podrán en cualquier caso renovarla cuando ésta caduque o bien convalidarla por la licencia de navegación siempre y cuando realicen 4 horas de prácticas.