Nota Informativa sobre las Licencias Comunitarias

Renovación de las licencias comunitarias para transporte de viajeros

Con el fin de evitar la aglomeración de solicitudes de renovación de licencias comunitarias, que podría perjudicar el normal desenvolvimiento del trabajo en el departamento encargado de la expedición de dichos documentos, sería aconsejable la presentación de las solicitudes de renovación de las licencias, con la antelación prevista para ello en el artículo 9, punto 3 de la Orden de 6 de mayo de 1999, B.O.E. del 13 de mayo (dos meses antes de su plazo de vencimiento).

Se adjunta nueva solicitud de licencia comunitaria, válida tanto para solicitar nuevas licencias como para renovación de las licencias existentes.

En principio, no es necesario que se adjunte documentación alguna a la solicitud: el departamento competente requerirá al solicitante la documentación necesaria en cada caso, y que no obre ya en poder de esta Dirección General.

Madrid, 26 de mayo de 2009

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