Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Para percibir la bonificación al transporte aéreo y marítimo.

A partir del 1 de septiembre se aplica el nuevo sistema de acreditación de residentes no peninsulares

  • Los beneficiarios deberán presentar, junto con el billete bonificado y la acreditación de identidad, un certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento correspondiente.
  • El Ministerio trabaja en implantar un sistema telemático que permitirá confirmar que el ciudadano cumple los requisitos para acceder a la bonificación cuando se emita el billete.

A partir del próximo sábado, 1 de septiembre, los ciudadanos de las comunidades autónomas de Canarias y Baleares, así como los de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, deberán viajar con su acreditación de residencia para recibir la bonificación al transporte aéreo y marítimo de residentes no peninsulares. Para ello, tendrán que presentar, junto con el billete bonificado y el documento nacional de identidad en vigor (o pasaporte en caso de ciudadanos extranjeros), como se requería hasta ahora, el certificado de empadronamiento emitido por el ayuntamiento correspondiente.

Con esta nueva medida, el Ministerio de Fomento pretende mejorar la eficiencia del sistema de subvenciones actual y asegurar que los beneficiarios de las subvenciones sean quienes realmente residen en dichos territorios.

El certificado se puede conseguir en el propio ayuntamiento o por medios telemáticos si estuvieran disponibles en su municipio. Tiene una validez de seis meses, por lo que se puede emplear en todos los viajes que se realice durante ese periodo y es posible presentarlo en formato electrónico (mediante smartphones, tablets, etc.), cuando haya sido emitido en dicho formato.

Además, el Ministerio de Fomento, en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, está trabajando con las compañías aéreas y navieras y sistemas de reserva en el desarrollo de un sistema telemático que permitirá confirmar que el ciudadano cumple los requisitos para acceder a la bonificación al transporte aéreo y marítimo cuando se emita el billete, para facilitar lo máximo posible el nuevo requisito de acreditación. De este modo, se evitará que el ciudadano deba aportar el certificado del ayuntamiento. Su puesta en marcha está prevista en los próximos meses.

Asimismo, se ha elaborado un documento de preguntas frecuentes de los pasajeros sobre el cambio en la forma de acreditar la residencia para la obtención de la subvención que estará disponible, entre otros, en la página web del Ministerio de Fomento.