Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Transpone una directiva comunitaria.

El Congreso aprueba el texto definitivo de la Ley que garantiza el servicio postal universal y los derechos de los usuarios

  • Se garantiza un servicio postal universal, público y de calidad, cuyo prestador será Correos.
  • La Ley crea una auténtica carta de los derechos de los usuarios de los servicios postales en España.
  • La nueva norma asegura la calidad, la eficacia y la efectividad del mercado postal español y un equilibrio más justo entre obligaciones y derechos de los operadores postales.

El Congreso de los Diputados aprobó ayer por amplia mayoría el texto definitivo de la Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, que garantiza la prestación de un servicio postal universal, público y de calidad en España.

La Ley, que transpone una directiva comunitaria, establece reglas de juego más equilibradas entre los diferentes operadores postales para asegurar la calidad, la eficacia y la efectividad del mercado postal español. Se consigue así garantizar los derechos de los usuarios de los servicios, en su faceta de remitentes o de destinatarios de los envíos postales, y el mantenimiento del empleo de calidad en el sector.

Por otra parte, todo el proceso de elaboración de la nueva ley ha estado presidido por un diálogo permanente con las fuerzas sindicales que han querido incorporarse al mismo (UGT, CIG, ELA y LAB) y con el resto de los agentes del sector postal español.

La nueva ley configura un servicio postal universal de calidad de acuerdo con las demandas de los usuarios, tanto de los grandes clientes como de los pequeños usuarios, fijando un catálogo de derechos de éstos, el primero de los cuales es el derecho a disfrutar de un servicio postal universal de buena calidad.

Servicio postal universal

El servicio postal universal (SPU) es un conjunto de servicios de calidad prestados de forma permanente en toda España, a precios asequibles para todos los usuarios, conforme a los principios de no discriminación, continuidad en el servicio y adaptación a las necesidades de los usuarios.

El ámbito de este servicio incluye las cartas y tarjetas postales de hasta dos kilogramos de peso y los paquetes postales de hasta 20 kilogramos, frente a los 10 kilogramos que fijaba la ley anterior. La Ley amplía y consolida el SPU como derecho de los ciudadanos, cualquiera que sea el lugar de su residencia.

Correos, como prestador del servicio SPU debe mantener una red con cobertura en todo el territorio español, incluidas las zonas con baja densidad de población y muy especialmente en el medio rural. A través de la red postal debe darse un servicio de, al menos, una recogida y una entrega diarias, de lunes a viernes.

La nueva ley crea un fondo de financiación del servicio postal universal y garantiza que los presupuestos generales del Estado se harán cargo de sus necesidades de financiación. Para ello se establecen dos nuevas fuentes de ingresos: por una parte la contribución de los operadores postales, incluido Correos, por un 0,5 % del importe neto de su cifra de negocios en el ámbito del servicio postal universal, y, por otra, una tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares, que habilitan para realizar servicios postales en el ámbito del servicio postal universal.

Correos, prestador del Servicio Postal Universal

Correos es designado como prestador del servicio postal universal en toda España por un periodo de 15 años, con revisiones quinquenales del cumplimento de las obligaciones de servicio público que se le imponen.

Además del derecho a percibir íntegro del total que suponga la carga financiera injusta por la prestación del servicio postal universal se le dan otra serie de garantías como son el uso exclusivo del término “España” y la denominación “Correos”. Asimismo, es el único operador facultado para recibir con fehaciencia solicitudes de los usuarios a las Administraciones públicas y distribuir notificaciones de órganos administrativos y judiciales en los términos que fija la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Estas obligaciones de servicio público garantizan que el empleo en Correos no va a sufrir recortes como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva ley. La Ley establece también que la vulneración de la normativa laborar y del respeto a las condiciones laborales de los trabajadores del sector queda tipificada como infracción postal muy grave.

La Ley configura, además, el acceso a la red de Correos de los operadores privados garantizando que este se hará, en todo caso, cubriendo los costes de los servicios prestados por Correos.

Por otra parte, se garantiza el respeto a la integridad de la red postal de Correos asegurando que los envíos de estos operadores competidores se presenten en los centros de admisión masiva y que deban continuar en la red de Correos hasta su distribución final. Correos negociará los contratos de acceso con los operadores interesados, aunque la Comisión Nacional del Sector Postal dirimirá las controversias que pudieran surgir.

Carta de derechos de los usuarios

La Ley crea una auténtica carta de los derechos de los usuarios de los servicios postales en España a través de dos elementos. Por una parte, sistematiza derechos que aparecían recogidos de forma dispersa y, por otra, se establece un sistema de infracciones y sanciones capaz de hacer efectiva la exigencia de estos derechos y con ello su cumplimiento por todos los operadores postales que operen en el mercado español.

Asimismo, la Ley refuerza las competencias de la Comisión Nacional del Sector Postal como regulador independiente del mercado y guardián del servicio postal universal y de su financiación, y no solo de la competencia. Se crea el Consejo Superior Postal, para sustituir al actual Consejo Asesor Postal, y la Comisión Filatélica del Estado.

Por otra parte, la ley pretende servir de instrumento al crecimiento del mercado postal español en aquellos segmentos del mismo con mayor valor añadido, particularmente el de la publicidad directa. A tal fin la ley fija en un año el plazo límite para la efectiva puesta en marcha del censo promocional, que debe servir de elemento dinamizador de este mercado al mismo tiempo que garante de la inviolabilidad de los datos de carácter personal.

Finalmente, la ley introduce herramientas para incentivar la permanente modernización del sector postal en España y su inclusión en el marco de la economía sostenible. En este sentido, crea el sello de excelencia de empresa postal sostenible para favorecer un mercado postal respetuoso con los derechos sociales y medioambientales. Con este mismo fin se asegura una estrategia del operador público coherente y de futuro a través de la obligación que se le impone de aprobar un Plan estratégico de empresa coherente con la garantía del servicio postal universal.

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