Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

PARAGUAY

Fecha de publicación 23/02/2016

La Dirección General de Aviación Civil ha iniciado un procedimiento para la asignación de derechos de tráfico disponibles para operar servicios aéreos de pasajeros, correo y carga en el mercado España – Paraguay.

La capacidad disponible para operar estos servicios es la siguiente:

  • Dos (2) frecuencias semanales entre España, y Paraguay con derechos de tráfico de 5ª libertad a ejercer en la siguiente ruta:

    Puntos en España - puntos intermedios - puntos en Paraguay – puntos más allá.

    Los puntos intermedios y más allá a operar con derechos de tráfico de quinta libertad por las empresas aéreas designadas, serán acordados por la Autoridades Aeronáuticas de ambas Partes.

Las compañías aéreas que estén interesadas en iniciar operaciones en este mercado en los próximos nueve (9) meses, podrán concurrir a este procedimiento remitiendo su solicitud y proyecto operativo, siguiendo las instrucciones que se establecen en el acuerdo de inicio, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al que le haya sido notificada la iniciación de este procedimiento, o en su defecto desde la fecha de publicación de este anuncio en la web del Ministerio de Fomento.

El Acuerdo de Inicio, junto con la información e instrucciones necesarias para concurrir a este procedimiento, pueden descargarse directamente desde la sección “Documentos de la página”.

Resolución

En relación con el procedimiento de asignación de derechos de tráfico entre España y Paraguay, iniciado en fecha 23 de febrero de 2016, una vez efectuados el análisis y la valoración pertinente de los proyectos operativos presentados por las compañías aéreas para este mercado, esta Dirección General de Aviación Civil ha resuelto:

  • Primero.- Aceptar el desistimiento efectuado por la compañía Iberia.
  • Segundo.- Asignar los derechos de tráfico disponibles en el mercado España-Paraguay, de la siguiente manera:

    Dos (2) frecuencias semanales entre España, y Paraguay con derechos de tráfico de 5ª libertad a Air Europa para ejercer en la siguiente ruta:

    Puntos en España - puntos intermedios - puntos en Paraguay – puntos más allá.

    Los puntos intermedios y más allá a operar con derechos de tráfico de quinta libertad por las empresas aéreas designadas, serán acordados por la Autoridades Aeronáuticas de ambas Partes.

  • Tercero.- Teniendo en cuenta las frecuencias previamente asignadas, la capacidad en este mercado queda establecida de la siguiente forma:
Tabla de datos
Ruta UX Disponibilidad
España-Paraguay y vv. con derechos de 5ª libertad. 2 -