Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Conductor: solicitud, renovación y sustitución. Canje

Conductor

Canje

Cuando el titular de una tarjeta de conductor válida expedida por un Estado miembro haya fijado su residencia normal en España, podrá solicitar que se le canjee la tarjeta por otra tarjeta de conductor equivalente. Corresponderá al órgano competente en materia de transporte por carretera que efectúa el canje, comprobar, si fuese necesario, si la tarjeta presentada está todavía en periodo de validez.

Las solicitudes de otorgamiento de tarjetas de conductor por canje, deberán formularse por Internet o bien mediante escrito ajustado al modelo que figura como anexo I de la orden FOM/1190/2005, dirigido al órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que el solicitante tenga su residencia normal, en el que se harán constar los datos establecidos en el artículo 4, con las siguientes particularidades:

  1. En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de expedición de tarjeta de conductor por canje.
  2. País de origen.
  3. Deberá especificarse el número de la tarjeta que se va a canjear.

Junto con la solicitud, se aportará, además, la documentación señalada para la solicitud o primera emisión.

El órgano competente expedirá una nueva tarjeta dentro de los quince días hábiles siguientes a la solicitud. La nueva tarjeta tendrá un plazo de validez de cinco años y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto, si el solicitante se identificó al entregar la solicitud. En cualquier caso, deberá devolverse el original de la tarjeta antigua antes de la entrega de la nueva.