Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Áreas de descanso

La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras establece en su artículo 6 que el Ministerio de Fomento tendrá el deber de facilitar información actualizada de las áreas de descanso en la Red de Carreteras del Estado.

En la misma ley, el artículo 26 define área de descanso a los espacios contiguos a las carreteras destinados al estacionamiento temporal de vehículos, provistos, en su caso, de lo necesario para facilitar el descanso de los usuarios de las carreteras fuera de las zonas destinadas a la circulación.

A través de este mapa se pretende dar cumplimiento al deber de informar a los ciudadanos de la posición actualizada de cada área de descanso, sirviendo además como una herramienta visual que facilita su  identificación, mediante la consulta al listado general o abriendo la ficha de cada área haciendo click encima del icono correspondiente.

Visor Geográfico