Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Adhesión de España al Acuerdo de Cooperación en la Prevención y Lucha contra la Contaminación Marina en el Mar del Norte (Acuerdo de Bonn)

Del 9 y 11 de octubre, en la Conferencia del Acuerdo de Bonn que celebra su 50 aniversario, se dará la bienvenida a España como Estado miembro.

Imagen de presentación

Adhesión de España

Salvamento Marítimo considera conveniente adquirir los compromisos del Acuerdo de Bonn, el acuerdo regional más prestigioso en el ámbito de la prevención y respuesta de la contaminación marina. Sus productos son ampliamente difundidos, aceptados y valorados por la comunidad internacional. Salvamento Marítimo se ha basado en dichos productos desde hace años, utilizando formatos, procedimientos y criterios técnicos.

Desde que adquiriera el status de observador en el 2003, España asiste a las reuniones periódicas de OTSOPA y de las Partes Contratantes. La opinión y la experiencia de España son, sin duda, valoradas, pero ser parte contratante supondría pasar a tener voto y participar de lleno en los compromisos adquiridos. Es dar un paso más allá en la prevención y respuesta de la contaminación marina, situándonos al mismo nivel que nuestros homólogos europeos. Es un reconocimiento internacional a la preparación actual de España. Y además, garantizaría una mejora continua en los procesos operativos de prevención y respuesta y un estar al día en la innovación tecnológica de este ámbito.

Implicaciones económicas

La implicación económica principal es la contribución anual que habría que hacer frente como parte contratante. El cálculo de dicha cuantía incluye una cuantía fija y una variable en función del producto interior bruto. La contribución anual de España estaría en torno a los 10.000 euros.

Además de la contribución anual el Acuerdo lleva implícito el coste de la asistencia de la delegación a las reuniones. Se propone la asistencia de dos personas de Salvamento Marítimo a la reunión técnica de OTSOPA y de dos, una de la DGMM y otra de Salvamento Marítimo, a la de las partes contratantes. Actualmente sólo va un delegado a las reuniones.

Por último cada 5 o 6 años se asumen los costes de la celebración de las reuniones, puesto que las partes contratantes se alternan para las reuniones tanto las técnicas como la de las partes contratantes. La celebración incluye 2/3 comidas y 1 cena de los delegados (en torno 20-30 personas).

Salvamento Marítimo asumiría los costes descritos.

Acuerdo de Bonn

El Acuerdo de Cooperación en la Prevención y Lucha contra la Contaminación Marina en el Área del Mar del Norte de 1983 se conoce como el Acuerdo de Bonn. Este acuerdo, al igual que el de Helsinki o Barcelona, se encuentra al amparo de los Convenios MARPOL y OPRC, los cuales para mejorar su efectividad, animan a la creación de acuerdos regionales internacionales que agrupen a estados con características específicas e intereses comunes.
El texto del acuerdo se incluye en el Anexo 1.

International frameworks for combating marine pollution

Objeto: El objeto del Acuerdo de Bonn es garantizar la cooperación internacional en la prevención y respuesta a la contaminación marina procedente de accidentes y de descargas ilegales por hidrocarburos y sustancias nocivas y potencialmente peligrosas en el área del Mar del Norte y sus accesos, a través de las siguientes acciones:

  • Vigilando las zonas de responsabilidad

  • Notificando al resto de las partes contratantes

  • Respondiendo operativamente en base a unos criterios comunes

  • Compartiendo la investigación y el desarrollo

  • Participando en ejercicios conjuntos

Zonas de responsabilidad

El acuerdo define las zonas de responsabilidad para las partes contratantes; algunas compartidas entre dos y tres estados.

Partes contratantes

Mapa zonas de responsabilidad

  • Bélgica
  • Dinamarca
  • Francia
  • Alemania
  • Holanda
  • Irlanda (desde 2010)
  • Noruega
  • Suecia
  • Reino Unido
  • Unión Europea (EMSA, DG ECHO)

Observadores

  • España (desde 2003)
  • IMO/OMI
  • REMPEC (Regional Marine Pollution Emergency Response Centre for the Mediterranean Sea)
  • OECD/OCDE (Organisation for Economic Cooperation and Development)
  • HELCOM (Baltic Marine Environment Protection Commission)

Responsabilidades de las Partes Contratantes

Las partes contratantes adquieren las siguientes responsabilidades:

  • Seguimiento del Acuerdo: implantación de las medidas tomadas y de su efectividad.
  • Nombramiento de un Jefe de la Delegación.
  • Asistencia a las reuniones del Jefe de la delegación y del número de delegados que se considere apropiado.
  • Envío de los temas a incluir en la agenda de la reunión con 5 semanas de antelación.

Reuniones periódicas

El Acuerdo de Bonn celebra dos reuniones anuales, la de las partes contratantes y la de OTSOPA, de carácter técnico:

  • La reunión de las partes contratantes es la reunión principal del Acuerdo y presenta las siguientes características:
    • Su periodicidad es anual (otoño).
    • En ella se aprueban los programas de trabajo; los documentos e informes del grupo técnico OTSOPA; y el presupuesto anual.
    • La toma de decisiones es de forma unánime estando representadas todas las partes contratantes.
    • La Presidencia de la reunión es por un período de 2 años, rotándose entre las partes contratantes en orden alfabético en inglés. El Presidente es imparcial y en dichas reuniones no representa a su país.
  • OTSOPA (Operational, Technical and Scientific Questions Concerning Counter Pollution Activities) es una reunión técnica y presenta las siguientes características:
    • Su periodicidad es anual (en primavera, previa a la de las partes contratantes)
    • En ella se revisa el cumplimiento del programa de trabajo.
    • La toma de decisiones es por consenso siempre que estén representados las 2/3 partes
      de las PC.
    • Los grupos de trabajo que puedan surgir de OTSOPA se gestionan de forma autónoma.

Reuniones políticas

Hasta la fecha se han celebrado las siguientes reuniones de carácter político:

  • 6 Conferencias del Mar del Norte: Bremen 1984, Londres 1987, La Haya de 1990, Esbjerg 1995, Bergen 2002 y Gotemburgo 2006 con el principal objeto de proteger el medio ambiente del Mar del Norte con un claro compromiso político.
  • 1 Reunión ministerial en Dublín en 2010, siguiendo la misma línea.
  • Se prevé la celebración de una nueva reunión ministerial 2019 para celebrar los 50 años desde la entrada en vigor. Se está considerando un replanteamiento del mandato del Acuerdo.

Ejercicios y vigilancias conjuntas

En el marco del Acuerdo se realizan ejercicios y operaciones de vigilancia conjunta según establece su objeto:

  • BONNEX: ejercicios conjuntos con despliegue de medios para asegurar una correcta coordinación entre las partes contratantes.
  • Tour d’Horizon: programa para la monitorización de instalaciones offshore, estableciendo de forma coordinada rutas de vigilancia aérea a lo largo del año para garantizar la máxima cobertura.
  • CEPCO (Coordinated Extended Pollution Control Operations): vigilancia intensiva de larga duración de más 24 horas en una zona con la participación de varias partes contratantes. Se llaman SUPERCEPCO si su duración es de más de una semana.

Grupos derivados del Acuerdo de Bonn

Los siguientes grupos de trabajo han surgido dentro del marco del Acuerdo:

  • OSINET (Oil Spill Identification Network): red de expertos en identificación de hidrocarburos a través de una metodología analítica.
  • NSN (North Sea Network of Prosecutors and Investigators): Grupo dedicado al estudio de los procesos de persecución de las infracciones y los  procedimientos probatorios de los delitos de contaminación en el ámbito legal.

Documentos principales

Los productos principales del Acuerdo, disponibles en la página web, son los siguientes:

  • Manual de Respuesta a la Contaminación
  • Manual de Vigilancia Aérea
  • Manual de delitos de Contaminación Marina (del grupo NSN)
  • Código de Apariencia de Hidrocarburos del Acuerdo de Bonn
  • Informes anuales de Vigilancia aérea

Principales hitos del Acuerdo de Bonn

  • 1969 Nacimiento del Acuerdo tras el incidente del Torrey Canyon en 1967
  • 1983 Adhesión de la UE
  • 1987 Inclusión de la vigilancia en el ámbito de aplicación
  • 2001 Invitación de adhesión a Irlanda
  • 2011 Plan de acción
  • 2011 BE Aware

Ir más allá...Ser parte contratante

  • Tener voto y participar de lleno en los compromisos adquiridos.
  • Contar con el reconocimiento internacional.
  • Asegurar una mejora continua en los procesos operativos de prevención y respuesta.
  • Estar al día en la innovación tecnológica de este ámbito.