Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

¿Cómo obtener la subvención?

En el momento de adquirir el billete, deberá comunicar a la compañía marítima:

  • Si es residente de Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla.
  • Si es miembro de familia numerosa de tipo general o especial.

A partir del 1 de noviembre de 2014, la comprobación del cumplimiento de la condición de residente ha de realizarse telemáticamente por todos sus canales de venta de las compañías marítimas en el momento de emitir el billete subvencionado por razones de residencia. Cuando el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser beneficiario de estas subvenciones a residentes no pueda acreditarse telemáticamente a través del Sistema de Acreditación de la Residencia Automático (SARA), dichos requisitos se acreditarán mediante presentación a la compañía marítima del certificado de empadronamiento expedido conforme a lo especificado reglamentariamente en la normativa de desarrollo de estas bonificaciones.

La comprobación del cumplimiento de la condición de miembro de familia numerosa se realizará mediante la presentación a la compañía marítima del Título Oficial de Familia Numerosa o Documento Individual expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente, en vigor

La compañía marítima comprobará su condición de residente y/o de miembro de familia numerosa en el momento de expedición del billete, procediendo a descontarle del precio las subvenciones a que tenga derecho.

En el caso de que no pueda acreditarse su condición de beneficiario de cualquiera de las subvenciones, la compañía no podrá emitir el billete subvencionado ni expedir la correspondiente tarjeta de embarque.