Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Instrucciones

El Real Decreto 751/2011 de 27 de mayo, por el que se aprueba la “Instrucción de acero estructural (EAE)” tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir las estructuras ejecutadas en acero, relativas a seguridad estructural, seguridad en caso de incendio y protección del medio ambiente, y aportar un procedimiento para poder cumplirlos y que afecta al proyecto, ejecución y control de las estructuras de acero; todo ello con el objetivo final, en el marco de la fiabilidad estructural establecido en los Eurocódigos estructurales, de conseguir la adecuada seguridad de las mismas, preservando la de las construcciones que en ella se sustentan y la de los usuarios que las utilizan.

Para ello, el proyecto define un marco de unicidad técnica, coherente con el establecido en la normativa técnica europea y armonizado con las disposiciones relativas a la libre circulación de productos de construcción en el mercado único europeo.

En las estructuras de acero, hasta el momento la normativa de obligado cumplimiento se ha limitado al ámbito de la edificación (actualmente se encuentra en vigor el Código Técnico de la Edificación), por lo que esta Instrucción EAE resulta totalmente novedosa.

Se trata de una propuesta conjunta de los Ministerios de Fomento y de Industria, Turismo y Comercio que se elabora por iniciativa de la Comisión Permanente de Estructuras de Acero (CPA), creada por Orden de 26 de abril de 2001 del Ministro de la Presidencia, órgano colegiado interministerial de carácter permanente y radicado en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Fomento. Dicha Comisión, en su reunión de 28 de octubre de 2010, aprobó el proyecto de Instrucción EAE, y de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Orden de 26 de abril de 2001, propuso al Ministerio de Fomento su tramitación para su posterior aprobación por el Gobierno.

Contenido y aspectos novedosos del proyecto

El proyecto de Instrucción de acero estructural se elabora como consecuencia de la necesidad de dotar al sector de la construcción en acero de un marco técnico coherente con los desarrollos que han tenido lugar recientemente en el ámbito europeo, y entre los que cabe destacar:

  • La finalización de los trabajos desarrollados por el Comité Europeo de Normalización (CEN) en relación con los Eurocódigos estructurales y, en particular, con la serie de normas europeas EN 1993 “Eurocódigo 3. Proyecto de Estructuras de Acero”, y
  • entrada en vigor del marcado CE para los primeros casos de productos de construcción, en el ámbito de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre productos de construcción.

Además, la Instrucción EAE introduce una serie de novedades respecto al contenido del Eurocódigo 3, que se resumen a continuación:

  • El Título 6 (Ejecución), el Título 7 (Control) y el Título 8 (Mantenimiento) no tienen un apartado equivalente en el Eurocódigo y, sin embargo, son aspectos fundamentales para la obra con estructuras de acero considerada en conjunto, es decir, no sólo en la fase de proyecto, sino también en su construcción y en su comportamiento en servicio.
  • Los Anejos 10 (Niveles de garantía y requisitos para el reconocimiento oficial de los distintivos de calidad) y 11 (Índice de contribución de la estructura a la sostenibilidad) son aportaciones nuevas de esta Instrucción y regulan aspectos tan importantes como los beneficios obtenidos por construir con niveles superiores de calidad y la sostenibilidad en la construcción de estructuras de acero.