El Ministerio de Fomento ha publicado los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de huelga del sector de asistencia en tierra en los aeropuertos españoles prevista para los próximos días 21 y 24 de abril.
Los servicios prestados por las empresas de asistencia en tierra comprenden desde la preparación del vuelo, la asistencia a los pasajeros y su equipaje, o la limpieza y mantenimiento de la aeronave, entre otras categorías, por lo que resultan indispensables para la realización de las operaciones aéreas.
En el establecimiento de los mínimos se ha tenido en consideración la alta afluencia de pasajeros prevista para el día 21, debida a la vuelta de vacaciones de Semana Santa, junto con el alcance de la convocatoria a todo el territorio, lo que reduce las alternativas de transporte. Como en ocasiones previas, el Ministerio ha buscado compatibilizar el interés general de los ciudadanos, en particular su derecho a la movilidad, con el derecho a huelga de los trabajadores convocados.
Se establecen de esta forma como servicios mínimos aquellos que resulten imprescindibles para la realización de las siguientes operaciones aéreas:
La resolución establece también que las empresas afectadas deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que estos servicios esenciales se presten en las condiciones habituales del servicio, manteniendo para ello el personal estrictamente necesario para el periodo afectado por la convocatoria, salvaguardando en todo momento la seguridad de las operaciones, así como dar pleno cumplimiento de la normativa en materia de derechos de los pasajeros, en particular, lo establecido en el Reglamento (CE) Nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004.