Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Mediante una resolución publicada hoy en el BOE

Transporte flexibiliza los tiempos de conducción y descanso de los transportistas de mercancías por carretera

  • Establece una excepciones temporales para mitigar los efectos negativos que los cortes de tráfico en las carreteras españolas producen en el normal funcionamiento del flujo de mercancías.
  • Se aplicarán a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías que hayan estado afectadas por los cortes y retenciones en España, siempre asegurando que no se pone en riesgo la seguridad en carretera.
  • Se trata de garantizar el suministro y abastecimiento de productos del ámbito alimentario dentro del territorio nacional.
  • Se trata de la segunda disposición que adopta este Ministerio para afrontar los efectos ocasionados por movilizaciones de agricultores, tras la dictada en enero por las que tuvieron lugar en Francia.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado, mediante una resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso de los transportistas de mercancías por carretera.

La medida establece una serie de excepciones temporales para mitigar los efectos negativos que pueden derivarse de los cortes de tráfico ocasionados por las protestas de los agricultores españoles, que afectan al normal funcionamiento de determinados flujos de mercancías en las zonas afectadas. En ese sentido, se pretende garantizar el suministro y abastecimiento de productos del ámbito alimentario dentro del territorio nacional.

Esta resolución se aplica en todo el territorio español desde el 5 al 14 y del 19 al 26 de febrero, y recoge las siguientes medidas:

  • Sustituir el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de diez horas.
  • Sustituir el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
  • Reducir los requisitos del descanso diario de once horas por uno de nueve horas.
  • Posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis períodos de veinticuatro horas.

Estas excepciones se aplicarán a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías que hayan estado afectadas por los cortes y retenciones en España, siempre asegurando que no se pone en riesgo la seguridad en carretera.

Compromiso con el sector del Transporte de Mercancías

Se trata de la segunda disposición que adopta este Ministerio para mitigar los efectos que para el transporte ocasionan las protestas de los agricultores. El pasado 30 de enero ya dictó una resolución para flexibilizar las horas de conducción de los transportistas que se vieron afectados por los cortes y retenciones en Francia y a ambos lados de la frontera con ese país. Estas exenciones fueron de aplicación desde el día 22 de enero al 4 de febrero de 2024, ambos incluidos.

Ambas resoluciones son fruto del compromiso de este Departamento con el futuro del sector del transporte de mercancías por carretera, con el que se seguirá trabajando de la mano para hacer frente con éxito a los retos que tiene planteados.

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